Por que es necesario las reforma de las pensiones
A parte de los partidos políticos, el estado, los sindicatos o mi modesta opinión, la realidad es que cada vez vivimos más años. Los ingresos S.S. han aumentado y las pensiones están aseguradas hasta el 2025. Entonces ¿por que es necesario las reformas de las pensiones?. La respuesta es muy sencilla, para que todo siga igual.

Índice - 5 de Mayo del 2010
Tema: Sociedad / Subcribirse

El Sistema de Pensiones: una reforma estructural clave.

Hace cuatro años el IEF presentó el documento de trabajo «Reformas claves para la economía española» en el que enumeraba las ocho reformas estructurales que consideraba fundamentales para garantizar el crecimiento y la competitividad española. Ninguna de ellas ha sido puesta en marcha.

Entre los cambios que el IEF proponía en el mencionado documento estaba «la necesidad inaplazable de afrontar una reforma del sistema de pensiones». Las principales razones por las que se realizó esta propuesta siguen vigentes hoy día. Las más importantes son:

"Es el hombre el que hace grande a la verdad, y no la verdad la que hace grande al hombre. Confucio." Imagen Flickr

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• De acuerdo con la mayoría de los expertos, el sistema de pensiones está en peligro como consecuencia de un diseño inadecuado. Diversos estudios demuestran que dentro de 10 años, en 2020, el déficit del sistema será superior a los 1.000 millones de €. El problema principal es que los pensionistas cobran por término medio en torno al 90% de su último salario, mientras que si cobrasen en función de la aportación total que han realizado a lo largo de su vida deberían recibir en torno al 60%. La diferencia, unos 30 puntos, convierte el sistema en insostenible.

• Los problemas generados por este diseño incorrecto se verán acentuados por el progresivo envejecimiento de la población española. En 2050 se prevé que por cada 3 personas mayores de 65 años habrá 5 en edad activa, frente a las 12 que hay en estos momentos, es decir, se está produciendo un preocupante incremento de la denominada «tasa de dependencia». Otros factores que amenazan el sistema son los altos índices de economía sumergida y la previsible reducción en la incorporación de inmigrantes al mercado laboral español y al sistema de la Seguridad Social.

• En líneas generales, la mayoría de los ciudadanos desconoce el esfuerzo económico que debe realizar el Estado para atender a todos sus compromisos sociales. Por ello, se hace necesario un ejercicio de pedagogía para conseguir que cale el mensaje de que asegurar las pensiones requerirá esfuerzos adicionales. Además, es necesario fortalecer la responsabilidad fiscal del conjunto de la sociedad, de forma que se entienda el perjuicio que generan la economía sumergida o la mala utilización de los servicios públicos.

Las empresas españolas son las que mayores cuotas a la Seguridad Social soportan dentro de la OCDE. A diferencia de numerosos países desarrollados, en España no existe un sistema complementario al de pensiones, al que puedan acceder todos los trabajadores. El propio Gobernador del Banco de España, Miguel Ángel Fernández Ordoñez, en junio de 2008 avisaba de que «es necesario complementar la aportación pública con ahorro privado».
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Sistema publico de pensiones.


El debate sobre el devenir del sistema publico de pensiones –sistema contributivo, obligatorio y de reparto- es desde hace casi veinte años el debate por excelencia sobre el Estado de Bienestar en España, objeto a la vez de consenso y conflicto entre las fuerzas políticas y sociales.

Ello se debe a tres razones fundamentales:
a) Primero, porque este debate condensa casi toda la problemática política respecto del futuro del sistema de protección social en España;
b) segundo, porque es objeto permanente y piedra angular de las negociaciones entre el gobierno, los sindicatos y las organizaciones patronales;
c) finalmente, es uno de los vectores mas importantes de estructuración de la opinión publica española que, sin embargo, hoy por hoy apoya ampliamente la existencia de un sistema de pensiones de reparto.

La reforma “permanente” del sistema público de pensiones arranca en la era democrática con la Ley 26/ 1985 de Medidas Urgentes para la Racionalización de la Estructura y Acción Protectora de la Seguridad Social. Esta ley es contestada por los sindicatos mediante lo que hoy se conoce como primera huelga general de la democracia contra el primer gobierno socialista, lo cual supone un ajuste o endurecimiento de los requisitos de acceso al sistema de pensiones, un recorte del gasto en pensiones y la negativa por parte del Gobierno Socialista a aplicar una ley de pensiones no contributivas que compensara los efectos negativos de la reforma.

La reforma de 1985 pone en marcha dos procesos que llegan hasta hoy de manera lenta pero continua: por una parte, se pone en marcha un proceso de ajuste financiero mediante el cual se trata de moderar el gasto en pensiones a largo plazo, endurecer las
condiciones de acceso e ir aproximando la proporcionalidad entre las aportaciones de los trabajadores y las pensiones percibidas; por otra parte, y lo que es quizás más importante, se van a ir construyendo las condiciones ideológicas y los instrumentos legales e institucionales para favorecer sistemas complementarios privados de pensiones. Ambos procesos podrían concluir con el tiempo en un sistema tripolar de pensiones: un sistema asistencial (básico y financiado con impuestos generales), otro sistema profesional o contributivo (financiado con cotizaciones y de capitalización) y un tercer sistema privado (financiado con ahorros colectivos o individuales).

El núcleo del debate político desde 1985 hasta la actualidad se centra en la disyuntiva entre el mantenimiento reformado del sistema de reparto o su transformación en sistema de capitalización (publico o privado). El debate y la negociación no están pudiendo evitar que este teniendo lugar una transición ideológica e institucional en favor de un sistema mixto obligatorio (de reparto y de capitalización mitad por mitad) que podría abocar en el futuro a un sistema obligatorio de capitalización privada.

Si bien la privatización del actual sistema público de reparto es rechazada por la sociedad española y los propios pensionistas, lo cierto es que se está produciendo una lenta pero inexorable aceptación de la inevitabilidad de alguna forma de privatización fruto del alarmismo creado en el periodo 1990-1995 sobre la supuesta bancarrota del sistema público y la ofensiva mediática de los grupos económicos interesados en la creación de modelos de pensiones “a la chilena”.

Ahora bien, dado que cualquier giro radical en el sistema de pensiones supone un elevado riesgo económico (la financiación de la transición) y es fuente de potenciales conflictos políticos (ya han tenido lugar dos huelgas generales), parece plausible pensar que asistiremos durante la presente década a un pulso entre dos opciones, como antes decíamos: a) el mantenimiento del sistema de reparto pero con reformas continuas en favor de una mayor capitalización; o b) una lenta transición hacia un sistema mixto de reparto y capitalización, que para unos sería el modelo de equilibrio político y para otros, una transición hacia la inevitable y completa privatización. O quizás una mezcla de ambas opciones, que tal es nuestra tesis.

Para justificar esta tesis seguiremos el siguiente hilo conductor: primero, haremos una descripción de la evolución del sistema público de pensiones con la ayuda de algunos indicadores básicos y también describiremos las principales reformas que han tenido lugar desde 1985 hasta el año 2001. Segundo, analizaremos el debate político y económico que ha tenido lugar a partir de las posiciones de los actores fundamentales en el problema de las pensiones: el Gobierno, los Sindicatos, las Organizaciones Empresariales, los Partidos Políticos y los Think Tanks.

Finalmente, a partir del debate mencionado, estableceremos las distintas opciones políticas en liza sobre el futuro del sistema de pensiones y las tendencias posibles en el medio plazo. El acuerdo sobre la reforma del sistema es común a todas las fuerzas sociales y políticas
pero sus objetivos y alcance difieren de manera considerable.
Fuente: Gregorio Rodríguez. Leer más... formato PDF

El estado de bienestar en España: debates, desarrollo y retos, escrito por Gregorio Rodríguez .


Los puntos clave de la reforma de las pensiones.


El Consejo de Ministros debate hoy la reforma del sistema de pensiones. El documento de trabajo, de 46 páginas, incluye medidas como el retraso de la edad de jubilación, la reforma de las pensiones de viudedad y el coto a las prejubilaciones.


Edad de jubilación: de 65 a 67 años.

"La elevada esperanza de vida de los españoles, y su rápido crecimiento, con especial intensidad en el caso de la esperanza de vida de las personas que cumplen 65 años, hace necesaria no obstante una actuación más decidida para garantizar el curso paralelo de los indicadores del sistema, imprescindinble para asegurar la evolución acompasada entre ingresos y gastos. Siguiendo el camino emprendido por otros países europeos, la edad legal u ordinaria de jubilación debe desplazarse desde los 65 hasta los 67 años.

Este incremento ha de aplicarse paulatinamente a lo largo de un periodo de tiempo razonable, que guarde correspondencia tanto para las necesidades del sistema como para la adaptación de los ciudadanos a los cambios normativos. Las experiencias de los países europeos pueden servir de valioso indicador en la definición que no obstante ha de basarse esencialmente en nuestra realidad demográfica. Este periodo de tiempo debe coincidir, en su inicio, con la finalización de la mayor parte de los periodos transitorios de la Ley 40/2007, en el año 2013.

La configuración legal de la medida debe respetar las situaciones en curso, en las que diferentes colectivos de trabajadores despedidos han acordado garantías suplementarias en relación con su proceso de jubilación.

Prejubilaciones: individuales, para directivos y cofinanciadas

- "Limitar las reducciones de plantilla en las empresas con beneficios, e imponer la cofinanciación de los sobrecostes producidos por la exclusión temprana del mercado de trabajo a las empresas."

- "Eliminar las formas de uso indebido del despido como forma de acceso a la jubilación anticipada. En este sentido, los contratos individuales de prejubilación establecidos en la Ley 40/2007 deben limitarse para aquellos trabajadores que se encuentren fuera de la negociación colectiva, y deben llevar aparejado compromisos claros de cofinanciación por parte de las empresas."

- "La edad legal mínima de 52 años para la jubilación debe incrementarse paulatinamente y universalizarse de inmediato".

Pensiones de viudedad: sin pago vitalicio para convivencias breves y sin hijos.

"[...] Cuestión bien distinta es la posibilidad de analizar, para los nacidos y nacidas en las últimas décadas, la conveniencia de asignar rentas vitalicias cuando las convivencias familiares han sido breves y no existen descendientes. La regulación actual ignora, en cuanto al acceso al derecho a la propia pensión de viudedad, la duración de la carrera de seguro del fallecido. Igualmente se ignora la edad del/a sobreviviente para el acceso al derecho y la existencia o no de hijos habidos. Por ello la conveniencia de estudiar si en estos casos, y una vez alcanzada esa nueva situación de la sociedad, no se adecua mejor a esa realidad social la posibilidad de una indemnización en pago único, o de una prestación temporal, tal y como está en el propio mandado de la Comisión parlamentaria en octubre de 2003, cuando sugería una reformulación integral de la pensión de viudedad". Fuentes: elmundo.es

Que es el IEF: Instituto de Estudios Fiscales, se dedica a impulsar y articular núcleos de investigación, reflexión y desarrollar procesos de formación de calidad.

Lista de artículos publicados de Gregorio Rodríguez Cabrero, elmundo.es, flickr, ief
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